Se aplicará la regulación ¨cero tolerancia¨ en sobreruedas y a vendedores ambulantes
Para evitar el cierre parcial, temporal o general de las actividades que se desempeñan en comercio, se manejará una regulación de ¨cero tolerancia¨.
Debido al incremento de contagios de Covid-19 que se han generado en la ciudad en las últimas semanas, buscando la prevención y así disminuir la carga de la enfermedad y sus complicaciones, para evitar el cierre parcial, temporal o general de las actividades que se desempeñan en comercio, se manejará una regulación de ¨cero tolerancia¨ a todo aquel oferente que incumpla con los protocolos de seguridad e higiene que marca el sector salud, que son las siguientes:
- Todo oferente debe llevar puesto su cubrebocas en todo momento.
- Queda prohibido vender a personas sin cubrebocas.
- En caso de los mercados sobre ruedas, puestos semifijos tarde-noche, bazares, tianguis, y expos la aplicación correcta de la sana distancia de al menos 2 metros entre puesto y puesto.
- Tener en su espacio de venta a la vista, anuncios que inciten al uso del gel antibacterial, cuidar la sana distancia y el uso correcto del cubrebocas.
- Tener gel antibacterial o líquido sanitizante a base de alcohol al 70% a la vista y a la disposición de los clientes.
- En el caso de los mercados sobre ruedas y puestos semifijos tarde-noche, tener despejado el flujo vehicular de la calle donde estén instalados, de al menos 2 metros entre el cerco de la calle al frente del puesto instalado.
Todo aquel oferente que no cumpla con las medidas anteriores será sancionado.
- Se realizará una orden de inspección ordinaria seguida por una acta circunstanciada.
- En caso de reincidencia será acreedor a una semana de suspensión de actividades a la par de una de un acta circunstanciada.
- En caso de una segunda reincidencia será considerado como desacato, ya que está manteniendo una conducta negativa que atenta contra la salud, será acreedor a la revocación permanente e irrevocable del permiso respectivo.
- Toda aquella persona que no cuente con el permiso correspondiente para el ejercicio de actividades comerciales en la vía o bienes públicos del municipio de Mexicali, Baja California, será acreedor de un acta circunstanciada y retiro inmediato del espacio que esté utilizando.