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El Imparcial / Mexicali /

Desechan pruebas contra mamá de "Angelita de Dios"

Un amparo le abre las puertas de la cárcel a la madre acusada de cometer el crimen junto con su pareja sentimental

(Cuarta y última parte)

MEXICALI.- El 12 de enero de 2006, la Juez Quinto de lo Penal dictó el auto de formal prisión en contra de Noé Abraham Pando Nevárez y Blanca Esthela Arias Mendoza, por los homicidios de Blanca Guadalupe y Judith Arleth Miranda Arias.

Tras el proceso donde el Ministerio Público ofreció todas las pruebas en contra de los acusados, entre ellas sus confesiones donde dieron a conocer el sitio donde estaba enterrada Arleth Judit, los videos, las cartas intercambiadas entre los acusados, entre otros, se cerró la instrucción en la causa penal 014/2016.

La agente del Ministerio Público adscrita al Juzgado Quinto, Martha Sabori, pidió a la Juez aplicar a los acusados la pena establecida en el capítulo de la penalidad.
Por su parte, la defensora de oficio Verónica Carolina Cataño González, abogada de Arias Mendoza argumentó que ésta había sido manipulada por Pando Nevárez e incluso la tenía amenazada de muerte si lo denunciaba.

Incluso, señaló la defensora que Arias Mendoza no tenía la intención de privar de la vida a sus hijas y que el autor material de la muerte de las niñas fue Pando Nevárez.
El 29 de noviembre de 2006, la juez Sonia Mireya Beltrán Almada dictó la sentencia en contra de Arias Mendoza.

En la sentencia, la Juez determinó que Arias Mendoza es penalmente responsable del homicidio agravado en razón de parentesco de sus hijas Arleth Judith y Blanca Esthela Arias Mendoza, ésta última conocida por los mexicalenses como “Angelita de Dios”.

Además, es responsable de los delitos en materia de inhumación y exhumación en agravio de las dos niñas.

Culpabilidad máxima

La Juez consideró que las penalidades sumadas por los delitos cometidos por Arias Mendoza, le corresponderían 80 años de prisión.

Sólo que de acuerdo a las leyes en Baja California, en esa época la pena máxima de prisión era de 50 años, los cuales fueron impuestos a la participante en el crimen de sus hijas.

La juzgadora consideró que la acusada tenía un grado de culpabilidad máximo.

Además, se le negaron los beneficios de la sustitución de la pena y se le suspendieron los derechos políticos por el término de 50 años.

Al ser notificada de la sentencia, la acusada y su defensora de oficio presentaron la apelación ante el Tribunal Superior de Justicia del Estado, pero la sentencia fue confirmada por la Tercera Sala.

Detención ilegal

Tras la quedar firme la sentencia dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia, Arias Mendoza promovió el amparo directo que quedó radicado con el número 206/2018 en el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito.

Los magistrados concedieron el amparo a la madre de “Angelita de Dios”, y revocaron la sentencia de la Tercera Sala del TSJE.

La justicia de la Unión ampara y protege a Blanca Esthela Arias Mendoza en contra del acto reclamado a la autoridad responsable, Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado, consistente en la sentencia definitiva emitida el 30 de marzo de 2007”.

De acuerdo a los magistrados del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito se afectaron los derechos fundamentales de Arias Mendoza porque “no fue detenida en flagrancia de la comisión de los delitos atribuidos, ni el agente del Ministerio Público dictó una orden de detención en su contra, en la que se hubieran analizado se si acreditaron los tres requisitos exigidos para (la detención) en caso urgente”.

El Tribunal Colegiado estableció que “la reparación idónea para este tribunal federal, en el caso concreto, es declarar ilegal la detención de Blanca Esthela Mendoza Arias”.
Los magistrados federales ordenaron a la Tercera Sala del TSJE emitir un nuevo fallo.

El 18 de septiembre de 2018 revocaron la sentencia condenatoria dictada por la Juez Quinto de lo Penal en contra de la mamá de “Angelita de Dios” y se ordenó la reposición del procedimiento.

La libertad

El caso se envió al Juzgado Único Penal en Mexicali, porque para entonces el Juzgado Quinto de lo Penal ya no existía.

Al reponer el procedimiento, la Juez Único de Primera Instancia Penal dictó la nueva sentencia, donde estableció innecesario entrar al estudio del tipo penal, ya que primeramente “resulta procedente analizar las violaciones al procedimiento cometidas en la averiguación previa”.

En su sentencia, la Juez deja establecido que como lo indicó el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en su amparo, hubo violaciones en la detención de Arias Mendoza.

“En cumplimiento a la ejecutoria de amparo dictada por el H. Segundo Tribunal Colegiado del Décimoquinto Circuito del Estado, la suscrita Juez (...) considera que en el presente asunto la detención de la acusada Blanca Esthela Arias Mendoza deviene ilegal, transgrediendo lo dispuesto en el artículo 16 constitucional”.

La Juez señala que quedó evidenciado que la detención de Arias Mendoza ocurrió el 26 de diciembre de 2005 y los hechos, es decir los homicidios de las niñas, en 2001 y 2002.

Error en el procedimiento legal

Al localizar a Arias Mendoza, ya cuando habían establecido que era presuntamente la madre de las niñas asesinadas, los agentes la pusieron a disposición del Ministerio Público, quien en seguida procedió a tomarle su declaración ministerial.

Por esa acción, “no se actualizó el supuesto de flagrancia, es decir, que la acusada de mérito no fue detenida al momento de cometer los delitos atribuidos, ni el agente del Ministerio Público dictó una orden de detención en su contra”.

Al haber sido ilegal la detención, la Juez excluyó todas las pruebas, como su confesión, el cuaderno donde escribía a su pareja, su declaración preparatoria ante el Juez Quinto de lo Penal, así como las declaraciones de Pando Nevárez.

De esa manera, la Juez Único de lo Penal decretó la inmediata y absoluta libertad de Arias Mendoza, pero a causa de la pandemia se suspendieron los plazos legales, así que causó ejecutoria el 7 de octubre de 2020, cuando salió de la cárcel.

Desde ese día, Blanca Esthela Arias Mendoza goza de su libertad por un error en el procedimiento legal en su contra, mientras sus hijas Blanca Guadalupe “Angelita de Dios” y Arleth Judith Miranda Arias, quienes vivieron una corta vida llena de golpes y maltratos hasta ser asesinadas, reposan en una tumba del panteón Jardines del Paraíso.