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El Imparcial / Mexicali / Uber

Afecta a repartidores de comida

A los repartidores de comida que utilizan plataformas digitales o todos aquellos que no cuenten con un permiso emitido por el instituto de movilidad.

Los alcances de las reformas al Código Penal del Estado relacionadas con el Instituto de Movilidad Sustentable del Estado (IMOS), llegan inclusive a los repartidores de comida que utilizan plataformas digitales o todos aquellos que no cuenten con un permiso emitido por el instituto de movilidad, dijo la diputada panista, Eva María Vásquez.

“La redacción es amplia, por lo que incluye plataformas digitales, transporte tradicional público o privado de empresas”, expuso la diputada panista.

El diputado por el PRI, David Ruvalcaba Flores, confirmó que estas nuevas multas y penas se aplican a los taxis privados y de repartición de comida.


“Las multas si aplican para los taxis de comida y de transporte como ‘rappi’, el de Uber Eats y el de otras plataformas que pudieran existir”, explicó el legislador.

Es decir, sí afecta a plataformas como Uber Eats, Didi, Rappi, inclusive, a las empresas de transporte que utiliza el sector industrial del Estado.

En Mexicali se transportan, solo en el sector maquilador de exportación, 35 mil personas diarias para acudir a sus centros de trabajo.

En caso de que algunas de las empresas no cuenten con la concesión o el permiso del IMOS serían sancionadas de 2 a 6 mil UMAS.

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