¿Por qué razones podrías perder la Pensión del Bienestar en 2024?
La Pensión del Bienestar es ahora un derecho constitucional para las personas de 65 años de edad y más, pero existen diversos motivos que pueden llevar a los adultos mayores a perder este beneficio
MÉXICO.- Los adultos mayores beneficiarios de la pensión universal, recibirán su próximo pago durante el mes de julio, correspondiente al bimestre julio- agosto.
La Pensión del Bienestar es ahora un derecho constitucional para las personas de 65 años de edad y más, pero existen diversos motivos que pueden llevar a los adultos mayores a perder este beneficio.
Por esto se puede retener, suspender o dar de baja del programa
Según el acuerdo de las reglas de operación del programa para 2024, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, los adultos mayores pueden perder la pensión universal por las siguientes razones:
La retención aplicará en los siguientes supuestos
- Inconsistencias en los datos de identificación del beneficiario. Es decir, que se detecte que son falsos, o que pertenecen a otra persona, o la información no corresponde entre sí.
- Por dos no cobros consecutivos. Si los derechohabientes incluidos en el pago en efectivo no acuden por los pagos en dos bimestres consecutivos, se retendrán los recursos.
- Posible duplicidad. Cuando se identifique que hay duplicidad de registros en el padrón, al registro de menor antigüedad se le aplicará la retención.
- Inconsistencia en el medio de cobro. Cuando se detecte alteración o falsificación del documento de medio de cobro de la persona derechohabiente.
- No localización del derechohabiente. Si se realiza una visita domiciliaria de personal de la Secretaría de Bienestar, en hasta dos ocasiones consecutivas y no se localiza al derechohabiente en días y horarios diferentes.
- Cobro simultáneo. Si se identifica que hay cobros simultáneos.
- No presentarse a recoger su medio de cobro. Si el derechohabiente no acude por su medio de cobro, se retendrá la pensión hasta que se presente.
La suspensión del padrón de beneficiarios ocurrirá si transcurren dos bimestres sin que se aclare los motivos de retención de la pensión, aclara la Secretaría de Bienestar.
La baja de la pensión universal puede ocurrir por los siguientes motivos
1. Defunción. En caso de que se notifique el fallecimiento del beneficiario, se dará de baja del programa.
2. Inconsistencias en los datos de identificación del beneficiario. Si transcurren dos bimestres de pago en los que el derechohabiente estuvo en suspensión, se procederá a la baja del padrón.
3. Dos no cobros consecutivos. Si transcurren dos bimestres sin que el derechohabiente cobre su dinero, se dará de baja del programa.
4. Baja voluntaria. Si el derechohabiente solicita la baja voluntaria de la pensión, se podrá realizar en cualquier momento del ejercicio fiscal.
5. Baja por residencia en el extranjero. Si el beneficiario realiza cambio de domicilio y corresponde a una residencia en el extranjero, se dará de baja definitivamente del padrón.
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