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El Imparcial / Tijuana / Responsabilidad patrimonial del Estado

¿Qué es la responsabilidad patrimonial del Estado y cómo se aplica en Baja California?

Se trata de la obligación que tiene la autoridad de proporcionar el estándar mínimo de servicios, al punto de no causar un perjuicio material al ciudadano

Tijuana, BC.- En México existe la responsabilidad patrimonial del Estado que es el derecho de los particulares a recibir una indemnización por parte del Estado derivado del daño patrimonial que con motivo de su actividad administrativa irregular, cause en los bienes o derechos de los particulares.

En términos generales es la obligación que tiene la autoridad de proporcionar el estándar mínimo de servicios, al punto de no causar un perjuicio material al ciudadano, por ejemplo mantener en buen estado las calles, carreteras, puentes y vialidades.

Cuando caemos en un bache o un carro se cae de un puente porque no hay una contención y causa un daño material, obviamente el Estado es responsable, entonces el Estado o la Institución debe asumir la responsabilidad de los gastos por así decirlo, ese daño y perjuicio causado al ciudadano”, explicó el abogado José Cruz García López, quien se encarga en su mayoría de casos relacionados con la responsabilidad patrimonial del Estado. 

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Tema que representa un gasto

José añadió que una de las principales razones por las que no se escucha hablar de este tema es que representa un gasto. “Una de las causas por las que no hay mucha información es porque no quieren dar a conocer al ciudadano este tipo de asuntos, ya que representa un perjuicio económico a las instituciones de gobierno”

Algunos ejemplos claros de este tema es lo que sucedió en la Línea 12 del Metro en Ciudad de México o en Tijuana el puente que conduce a la avenida Internacional hacia el fraccionamiento El Soler, donde el 11 de abril del 2020, tres volcaduras individuales conformaron un fatal accidente con saldo de una mujer sin vida y dos personas con lesiones graves.

“Las personas que cayeron del puente del Soler, ha habido más de un avería ahí, lejos de existir un muro de contención no había ni banqueta, entonces por el hecho de que llueve, los carros se derrapan y caen al vacío, entonces eso es un ejemplo claro de lo que es una actividad administrativa irregular”, afirmó García López.

Responsabilidad objetiva o directa

Es objetiva cuando basta la existencia de cualquier daño en los bienes o en los derechos de los particulares, independientemente de que exista negligencia, dolo o intencionalidad de quien la genera para que proceda la indemnización correspondiente.

Es directa cuando los particulares pueden demandar directamente al Estado, sin tener que demostrar la ilicitud o dolo del servidor público que causó el daño.

La reclamación debe presentarse opcionalmente ante la dependencia o entidad presuntamente responsable o ante el órgano de control estatal o federal, según sea el caso, en el Ayuntamiento el órgano competente es la Sindicatura Municipal.

Plazo de un año para reclamar

El plazo para reclamar es de un año, que se suspende con la interposición de un medio de defensa en contra del acto irregular, a partir de que existe la demanda o el reclamo, éste puede tardar hasta dos años para ser resuelto.

“Si se trata del carro, suponiendo que fue el neumático o el guardafango del carro, puedes comprobarlo con fotografías, si lo llevas a un taller y tienes una nota de lo que se le reparó a tu carro, esa clase de documentos bastarían para interponer el reclamo”, explicó el abogado.

En términos jurídicos basta con acreditar el nexo causal que es el daño que se provocó y la obligación que tenía el estado de no provocar ese daño, no tiene mayores requisitos realmente, más que ir directamente con la autoridad y decir: “Tenías la obligación de hacer esto, como no lo hiciste me causaste este daño.

"Se tiene que pelear"

“Tendría que ser así de sencillo, pero lamentablemente se tiene que pelear”, apuntó García y aprovechó para hacer un llamado a la ciudadanía y abogados a documentarse sobre el tema.

“Invito no solo a los ciudadanos, sino también a todos los abogados a ayudar en este tipo de asuntos, a conocerlos porque entre más abogados lleven estos asuntos, el ciudadano va a generar una cultura de exigirle a las autoridades qué es lo que deberían de hacer o deberían estar haciendo”, concluyó José Cruz García Lopéz.

Debido a que la regulación del Estado es muy amplia, cuando se presenta un caso se debe acudir a la regulación específica.

A nivel Federal aplica la “ley federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado”.

A nivel Estatal o de la Ciudad de México aplica la legislación local, generalmente denominada “Ley de responsabilidad patrimonial del Estado”. Es recomendable que los interesados en hacer valer este derecho acudan con un abogado y sean asesorados sobre cómo y dónde interponer el reclamo.

Correo electrónico del abogado en caso de necesitar asesoramiento: jscruzgl@hotmail.com, Twitter: @jscruzgl

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