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Miscelánea Fiscal 2021

En este mundo no se puede estar seguro de nada, salvo de la muerte y de los impuestos. Benjamin Franklin 

Como era de esperarse, la Cámara de Diputados ha aprobado recientemente las reformas a las leyes del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), el Impuesto sobre la Renta (LISR) y al Código Fiscal de la Federación (CFF). Particularmente, el proyecto de Ley de Ingresos que incluye la Miscelánea Fiscal 2021. Las referidas reformas fueron aprobadas con 291 votos a favor, 142 en contra y una abstención y con ello pasa a manos del Senado.

Así las cosas, las propuestas que han sido aprobadas por la Cámara de Diputados son entre ellas las siguientes:

En ese orden de ideas, respecto al tema de las visitas domiciliarias que, desde el momento en que se había presentado la propuesta hubo un inconformismo por parte de los contribuyentes y que ahora desafortunadamente con la aprobación de los diputados es un hecho que, el personas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) puedan hacer uso de herramientas tecnológicas, como celulares, grabadoras y cámaras durante las visitas domiciliarias a los contribuyentes, no obstante, el personal de SAT estará obligado a guardar absoluta reserva sobre declaraciones, datos suministrados por el contribuyente y sobre la información obtenida en la visita, aun con esta “reserva” es una falta que tengan la facultad de poder grabar los domicilios, porque como se conoce, hay contribuyentes que señalan su domicilio particular como domicilio fiscal, y es verdaderamente indignante que por ley puedan tomar fotográficas y videos faltándole a la intimidad de los contribuyentes.

Siguiendo con las propuestas aprobadas, del aseguramiento precautorio, el SAT podrá aplicar embargos precautorios a las cuentas de terceros que se opongan al ejercicio de facultades de comprobación. Básicamente, el SAT podrá embargar cuentas de terceros que no cooperen con la fiscalización. Esto incluye a clientes, proveedores y empleados de las empresas.

El SAT deberá emitir reglas generales para precisar en qué momento se tiene responsabilidad con terceros.

Es aprobado que el SAT pueda bloquear a las plataformas de residentes en el extranjero sin establecimiento en México cuando no cumplan con las disposiciones de RFC, firma electrónica, representante legal y domicilio fiscal y el pago de IVA. Este bloqueo implica que la autoridad fiscal podría solicitar a los proveedores de internet suspender el acceso a sus servicios. El bloqueo procederá cuando las plataformas incumplan tres meses consecutivos.

Siguiendo con el tema SAT, Se aprueba ampliar de tres a 10 días el plazo para que el contribuyente pueda aclarar su situación ante el SAT. Además, se limita a 40 días el tiempo para presentar una solicitud de aclaración.

*-El autor es abogado fiscalista.

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